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Procedimiento de Quejas

Nuestra práctica notarial está regulada por “The Faculty Office” del Arzobispo de Canterbury:

The Faculty Office
1, The Sanctuary
Westminster
Londres SW1P 3JT

Teléfono: 020 7222 5381
Correo electrónico: Faculty.office@1thesanctuary.com
Sitio web: www.facultyoffice.org.uk

Si no está satisfecho con el servicio que ha recibido, no dude en ponerse en contacto con la Directora, Lara Giuliana Gouveia Simonetti, enviando un correo a lara@larianae.com.

Si no podemos resolver el problema, puede presentar una queja ante “The Notaries Society” de la que somos miembros, que tiene un Procedimiento de Quejas Aprobado por “The Faculty Office”. Este procedimiento es de uso gratuito y está diseñado para proporcionar una resolución rápida a cualquier disputa.

En ese caso, escriba en inglés (pero no adjunte ningún documento original) con todos los detalles de su queja y envíalo a: –

The Secretary of The Notaries Society
PO Box 7655
Milton Keynes MK11 9NR

Teléfono: 01908 803527
Correo electrónico: secretary@thenotariessociety.org.uk

Si tiene alguna dificultad en presentar una queja por escrito, no dude en llamar a “The Notaries Society”/”The Faculty Office” para obtener ayuda.

Finalmente, incluso si se considera su queja bajo el Procedimiento de Quejas Aprobado por “The Notaries Society”, puede al final de ese procedimiento, o después de un período de 6 meses a partir de la fecha en que nos notificó por primera vez que no estaba satisfecho, presentar su queja al “Legal Ombudsman”*, si no está satisfecho con el resultado:

Legal Ombudsman
P O Box 6806
Wolverhampton WV1 9WJ

Teléfono: 0300 555 0333
Correo electrónico: enquiries@legalombudsman.org.uk
Sitio web: www.legalombudsman.org.uk

Si decide presentar una queja ante el “Legal Ombudsman”, debe remitir su problema al “Legal Ombudsman”: –

  • – Dentro de seis meses después de haber recibido una respuesta final a su queja y
  • – Seis años desde la fecha del acto/omisión; o
  • – Tres años desde que debería haber sabido razonablemente que había motivo de queja (solo si el acto u omisión tuvo lugar hace más de seis años)

El acto u omisión, o cuando debería haber sabido razonablemente que había motivo de queja, debe haber sido después del 5 de octubre de 2010.

Ciertos tipos de entidades comerciales no son elegibles para presentar una queja ante el “Legal Ombudsman”; consulte las Reglas del Esquema del «Legal Ombudsman» o consulta con el Faculty Office.